En un amplio dictamen, Pleé argumentó que la investigación no fue cerrada de forma anticipada, destacando que se llevaron a cabo numerosas acciones probatorias durante más de cinco años y que los fiscales que promovían la acusación no lograron especificar qué diligencias concretas faltaban por realizar.
“No encuentro fundamentos para sostener que la investigación sobre los hechos del caso se encontrara incompleta ni que haya sido clausurada de manera prematura”, sostuvo el fiscal en su presentación, donde solicitó se tenga por desistido el recurso presentado por otro fiscal ante la Cámara Federal.
Los fiscales Franco Picardi y José Luis Agüero Iturbe habían apelado al cierre de la causa, argumentando que este había sido prematuro. El archivo había sido ordenado por la jueza federal María Eugenia Capuchetti y confirmado por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. El 25 de septiembre, esa misma sala declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el fiscal, quien luego intentó que el caso llegara a dicha instancia.
Pleé, quien actuó como fiscal general subrogante en la Fiscalía General N° 3, consideró que la impugnación no cumplía con los requisitos necesarios para prosperar y que no existían argumentos suficientes para cuestionar las decisiones judiciales anteriores.
Los fiscales sostenían la hipótesis de un supuesto esquema defraudatorio que habría sido orquestado entre mayo de 2018 y septiembre de 2019 por funcionarios del Poder Ejecutivo y del Banco Central, junto con actores privados. Según esa acusación, el Estado habría acumulado una deuda considerada insostenible de 57.100 millones de dólares, con supuestos incumplimientos a normas constitucionales y legales, y utilizando argumentos engañosos respecto a los objetivos y el destino de los fondos.
La investigación también tenía como objetivo determinar si los recursos obtenidos se habían utilizado para financiar la fuga de capitales, beneficiar a grupos económicos privados o favorecer a personas determinadas mediante información privilegiada. Otro aspecto cuestionado era la presunta falta de control y trazabilidad sobre parte de esos fondos.
Pleé describió dichas acusaciones, pero concluyó que no se habían respaldado con suficientes elementos que sostuvieran la existencia de delitos. En particular, enfatizó que los fiscales insistieron en la necesidad de continuar la investigación, pero no especificaron qué medidas concretas permitirían comprobar las conductas denunciadas.
“La incógnita que señaló la cámara de apelaciones no era el resultado que los fiscales esperaban obtener, sino cuáles serían las medidas investigativas concretas que permitirían alcanzarlo”, indicó.
Uno de los argumentos del dictamen es que la investigación se prolongó durante más de cinco años y reunió informes de la Auditoría General de la Nación, la Sindicatura General de la Nación, el Banco Central y otros organismos, además de documentación administrativa, testimonios y las cartas de intención y memorandos firmados con el FMI.
El fiscal también revisó las medidas dirigidas a identificar a los principales compradores de divisas durante el periodo investigado. Entre otros aspectos, se incorporó información sobre los 100 agentes que realizaron las mayores adquisiciones netas de moneda extranjera y sobre empresas que concentraron operaciones de formación de activos externos.
Según Pleé, los recursos de los fiscales no lograron explicar cómo nuevas medidas habrían modificado las conclusiones de los tribunales. “No es posible justificar la extensión de la investigación sino a partir de la proposición de medidas concretas que podrían tener un impacto en la valoración jurídica de los hechos”, expresó.
Además, concluyó que las circunstancias, sumadas a la cantidad de medidas producidas y a la información recopilada durante los cinco años de instrucción, permiten afirmar que no se ha infringido norma penal alguna.
Otro eje de la denuncia giraba en torno a la falta de intervención formal del Congreso Nacional, la ausencia de un decreto firmado por el entonces presidente Macri y la participación de diversos funcionarios en el proceso de negociación del préstamo. La acusación también cuestionaba la actuación del entonces jefe de Gabinete, la competencia de las áreas ministeriales involucradas y la supuesta falta de informes técnicos y traducciones al español de los documentos relacionados con el acuerdo.
Sin embargo, Pleé argumentó que esos planteos ya habían sido evaluados por la jueza Capuchetti y la Cámara, sin que los fiscales lograran demostrar que las irregularidades denunciadas constituyesen delitos. En cuanto a la actuación de las áreas técnicas, citó la conclusión de la juez de primera instancia, quien determinó que no se podía afirmar que el préstamo se tramitara de forma improvisada y sin respaldo especializado.
“Por el contrario, ha quedado acreditado en autos que, dentro del amplio margen de discrecionalidad con el que contaba el Poder Ejecutivo para la adopción de políticas económicas de estas características, esta decisión se tomó con sustento en los informes técnicos confeccionados por las áreas competentes del BCRA y del Ministerio de Hacienda”, señaló Capuchetti, según lo citado por el fiscal.
Respecto a la participación del jefe de Gabinete, Pleé destacó que el funcionario había informado al Congreso sobre el acuerdo y que, según la resolución judicial, conocía sus principales aspectos. Por lo tanto, entendió que la falta de intervención formal en el expediente administrativo no demostraba por sí sola una conducta penalmente relevante.
El dictamen también abordó los cuestionamientos sobre el destino de las divisas y las observaciones de la Auditoría General de la Nación. Los fiscales afirmaron que parte de los fondos no contaba con un destino claramente identificado, lo que podría indicar un desvío de recursos públicos hacia el sector privado. Pleé desestimó que estos argumentos fueran suficientes para sostener una acusación penal, considerando que confundían la falta de un seguimiento contable que los fiscales consideraban adecuado con la demostración de una aplicación ilegal de los fondos.
“No se ha indicado una infracción concreta en la aplicación de los fondos, sino que se ha planteado un cuestionamiento general a la política pública sobre su destino”, afirmó el fiscal.
Asimismo, defendió que la jueza hubiera tomado en cuenta el informe de la AGN junto con los cuestionamientos de tres auditores que manifestaron reparos sobre determinados aspectos. Según Pleé, el juez no está obligado a aceptar automáticamente las conclusiones de un informe externo, sino que debe analizarlas en conjunto con el resto de la prueba.
En relación al cumplimiento de los compromisos con el FMI, Pleé agregó que el organismo realizó misiones de seguimiento y revisiones del programa, y autorizó nuevos desembolsos durante 2018 y 2019. En este contexto, consideró que no se había presentado una línea de investigación concreta que permitiera sostener el supuesto plan delictivo.
El fiscal diferenció entre la discusión sobre las decisiones económicas de un gobierno y la posibilidad de investigar responsabilidades penales de funcionarios públicos. Aclaró que las decisiones de política económica no se excluyen automáticamente del control judicial ante sospechas de delitos, pero enfatizó que es necesario identificar conductas concretas que puedan encuadrarse en figuras delictivas y contar con respaldos probatorios.
“Aquí no existe una hipótesis fiscal con imputaciones delimitadas y sustentada en prueba suficiente, ni se han postulado diligencias probatorias aptas para esa finalidad”, escribió al contrastar el expediente con otro caso penal relacionado con operaciones de dólar futuro.
Finalmente, cuestionó que la acusación se centrara en las consecuencias del modelo económico implementado durante el gobierno de Macri. “Lo único que queda en pie de esta acusación es el desacuerdo con un modelo económico determinado”, expuso. Añadió que, en este caso, se pretendía llevar a la Justicia la adopción y las consecuencias de una política económica sin haber logrado formular una hipótesis delictiva concreta.
Con su dictamen, Pleé solicitó formalmente que se tenga por desistido el recurso de queja presentado por el fiscal ante la Cámara Federal. Su postura respalda el criterio de los tribunales que confirmaron el archivo por falta de delito. Ahora corresponde que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resuelva el planteo.
