El debate sobre la violencia vicaria llega al Congreso: el papel de los hijos como instrumento de daño

En una noche de 2020, el timbre de la casa de Laura Blanco Luna la sorprendió. Al abrir la puerta, se encontró con su hijo, que regresaba con una mochila al hombro, tras seis años de separación. A tan solo seis cuadras de distancia, la convivencia se había perdido; él había quedado bajo el cuidado de su padre a los 11 años. Laura recuerda que aunque pudo verlo en ocasiones, el vínculo cotidiano se había desvanecido. Al volver, su hijo ya no era el que ella recordaba. «No conocía más a mi hijo», compartió en una entrevista. Blanco Luna describe su experiencia como violencia vicaria, un término que fue introducido en 2012 por la psicóloga y perito judicial argentina Sonia Vaccaro. Esta profesional observó que, tras la separación de mujeres de parejas violentas, muchas seguían sufriendo violencia a través de sus hijos. La violencia vicaria se define como una forma de violencia de género donde un ser querido de la mujer, comúnmente sus hijos, se convierte en un medio para prolongar el sufrimiento. Puede manifestarse a través de amenazas, control, manipulación, alejamiento y violencia psicológica, económica o judicial, teniendo como forma más extrema el asesinato. No todas las disputas por custodia o cuidado son consideradas violencia vicaria; su identificación requiere un análisis del contexto, los antecedentes y el uso de un niño como herramienta de daño. La interrogante sobre la inclusión de este concepto en la legislación argentina ha suscitado un intenso debate jurídico. Dos madres ejemplifican diferentes desenlaces en esta situación. Laura Blanco Luna logró recuperar la convivencia con su hijo, mientras que Carola Rodríguez aún se encuentra en espera. En julio de 2023, Rodríguez fue a buscar a sus mellizas de 9 años para las vacaciones de invierno, pero nadie le abrió la puerta. Tras 12 días sin saber de sus hijas, descubrió que su exmarido había solicitado el cuidado personal unilateral. Rememoró una amenaza previa: «Te las voy a sacar». Rodríguez, integrante de la red Somos Muralla, ha intentado reconectar con sus hijas sin éxito. Agrupaciones que abogan por la inclusión de la violencia vicaria en la legislación han contabilizado 169 niños asesinados por sus padres entre 2008 y 2026 en casos de esta índole. A pesar de que estas cifras no provienen de un registro oficial, sus representantes reclaman un conteo estatal para conocer la magnitud real de estos delitos. «Nosotros contamos 170, pero a lo mejor son 500, o a lo mejor son 1000. ¿Cómo lo podemos saber?», planteó Blanco Luna. Esta inquietud se trasladó al Congreso. El 27 de mayo se presentó en la Cámara de Diputados el proyecto 2454-D-2026, liderado por Esteban Paulón, que busca establecer un Régimen Integral de Prevención, Protección y Reparación frente a la Violencia Vicaria. Este proyecto fue enviado a varias comisiones, incluyendo las de Mujeres y Diversidad, Familias, Niñez y Juventudes, Justicia y Presupuesto y Hacienda. No es la única iniciativa en este ámbito. Otra propuesta, presentada el 8 de mayo y respaldada por funcionarios de distintas agrupaciones, busca reformar el artículo 80 del Código Penal para incluir el término de violencia vicaria por motivos de género. Sin embargo, el enfoque del encuadre genera controversia. Javier Montenegro, abogado y miembro de la Mesa Nacional en Defensa del Niño, la Familia y la Verdad, criticó la inclusión de la violencia vicaria únicamente en el ámbito de la violencia de género. Si bien reconoce la existencia de manipulaciones perjudiciales hacia los hijos, argumenta que el derecho debería abordar estas condiciones de una manera más amplia, contemplando los casos en que mujeres o otros miembros de la familia ejerzan conductas similares. Desde su perspectiva, aboga por un régimen de violencia intrafamiliar que no discrimine por género y que priorice el bienestar del menor. Este planteamiento expone una de las cuestiones centrales del debate. Por otro lado, Silvina Andrea Bentivegna, abogada y especialista en Derecho de Familia, advirtió sobre el riesgo de categorizar situaciones con antecedentes de violencia como simples “conflictos parentales”. Destacó la importancia de diferenciar estas circunstancias, que a menudo involucran asimetrías de poder genuinas y la utilización del hijo como un medio de daño. También enfatizó el derecho de los menores a ser escuchados en decisiones relacionadas con su bienestar, sugiriendo que ya existen herramientas jurídicas aplicables, a pesar de la falta de una definición específica sobre violencia vicaria. En paralelo, persisten dos debates: si es necesaria una tipificación legal específica y, de ser así, cuál debería ser su alcance. A nivel internacional, España ha avanzado en el reconocimiento de la violencia vicaria en el marco de la violencia de género, aunque también allí hay incertidumbres sobre cómo implementar este concepto en la normativa y su aplicación. Un caso significativo ocurrió en 2003, cuando Andrea, una niña de 7 años, fue asesinada por su padre mientras estaba bajo un régimen de visitas no supervisadas, tras múltiples denuncias de su madre. En 2014, el Comité de la ONU responsabilizó a España por no haber protegido a madre e hija, y en 2018, el Tribunal Supremo reconoció la responsabilidad del Estado. La violencia vicaria puede tener consecuencias fatales, como ocurrió con Nahuel Godoy, de 12 años, quien, tras sufrir una agresión de su padre y obtener una restricción perimetral, fue asesinado. Su madre, Mónica Rodas, había denunciado la situación, pero su intento de buscar ayuda fue ignorado. En un caso similar, Natalia Ciak se enteró del término violencia vicaria tras el asesinato de su hijo de 8 años, Joaquín. El pequeño debía ir a la escuela con su padre, pero desapareció. Posteriormente, fue encontrado muerto, y su padre a punto de fallecer. Joaquín había expresado su miedo a vivir sin su madre, un rostro del dolor que impulsa el reclamo de las madres por la Ley Joaquín. Las gestoras de esta iniciativa insistieron en la importancia de la prevención, sugiriendo que se reconstruyan los antecedentes antes de tomar decisiones sobre custodia y custodias, que se escuche a los niños y se realicen evaluaciones interdisciplinarias. A medida que se propone formalizar el concepto de violencia vicaria, un fallo en San Luis reconoció que un progenitor había utilizado a su hijo para ejercer violencia psicológica tanto hacia la madre como hacia el propio niño. «Lo que no se nombra no existe. Bueno, vamos a nombrarlo, porque esto es real. Y no un caso», concluyó Carola Rodríguez, que aún aguarda la oportunidad de convivir con sus mellizas.
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