Esta decisión fue formalizada a través de la Disposición 4714/2026, que se publicó el martes 28 de julio en el Boletín Oficial y que entrará en vigencia el miércoles.
La medida abarca todas las especialidades medicinales registradas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contengan los componentes, concentraciones y formas de administración especificadas.
Cabe destacar que la autorización de la ivermectina no incluye los comprimidos ni otras presentaciones para administración oral, ya que la venta libre se limitará a la loción tópica indicada en la disposición.
El organismo aseguró que estas especialidades han estado en el mercado argentino bajo receta durante al menos cinco años, período durante el cual no se reportaron efectos adversos graves que afectaran negativamente su evaluación de riesgo y beneficio.
Los laboratorios podrán seguir comercializando los lotes que ya fueron liberados antes de la implementación de la norma, sin necesidad de modificar los rótulos, envases ni prospectos.
En cambio, los lotes que se liberen a partir del 29 de julio deberán incluir la nueva condición de venta libre, ajustar sus presentaciones a las dosis y duración del tratamiento autorizados, y añadir un código QR que brinde acceso al prospecto correspondiente.
La ANMAT destacó que este cambio no se aplica automáticamente a cualquier medicamento que contenga los principios activos mencionados. La venta sin receta será válida únicamente para las concentraciones, presentaciones y vías de administración detalladas en la Disposición 4714/2026.
Además, el organismo indicó que para tomar esta medida se basó en experiencias de agencias regulatorias de Estados Unidos, Europa, España, Francia, Brasil y Colombia, así como en los informes de los sistemas de farmacovigilancia nacional e internacional.
