La desregulación de la flota nacional es una prioridad para Federico Sturzenegger, quien ha intentado impulsar esta iniciativa en un Congreso que se encuentra bajo la influencia del contexto electoral.
Según trascendió, el proyecto ha sido modificado para impedir que barcos de origen chino se beneficien de la nueva normativa, cuidando así las relaciones con Estados Unidos.
La Marina Mercante tiene responsabilidad sobre el transporte de mercancías, combustible y pescado a lo largo de las aguas argentinas.
La propuesta permite que buques de bandera extranjera transporten cargas y pasajeros entre puertos argentinos, al mismo tiempo que se flexibiliza el régimen de contratación de tripulaciones y se reformula la Ley de Navegación para eliminar restricciones.
Uno de los cambios más significativos es la apertura del cabotaje. El último borrador indica que las embarcaciones extranjeras podrán operar entre puertos nacionales, siempre y cuando notifiquen su ingreso y la duración de sus operaciones a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN).
En el ámbito laboral, se establece un cronograma gradual para la integración de tripulaciones. Durante los primeros 90 días, no será obligatorio contar con personal argentino. Después de este periodo, los buques deberán integrar un porcentaje de ciudadanos argentinos, residentes permanentes o nacionales de países miembros del Mercosur.
Además, se asegura que esta condición de integrar personal del Mercosur fue una solicitud de la Embajada de Estados Unidos. Esto implicaría abrir el cabotaje a trabajadores de Paraguay, quienes podrían tener salarios y beneficios sociales más bajos que los argentinos.
El porcentaje de personal argentino requerido aumentará gradualmente: un 20% entre los 91 y 180 días, un 40% entre los 181 y 360 días, y alcanzará un 75% después de un año de operación. Desde el día 91, los buques estarán obligados a registrar a su personal y hacer aportes al sistema previsional argentino.
Asimismo, el proyecto redefine las operaciones consideradas como cabotaje. Excluye del mismo los traslados internos de mercancías que forman parte de un transporte internacional, lo que podría afectar a las cerealeras y a otras industrias exportadoras argentinas.
El texto también modifica la Ley de Navegación: diferencia entre la dotación mínima de seguridad, que seguirá siendo validada por la autoridad competente, y la dotación de explotación, que será determinada por cada armador según sus necesidades.
Además, se incorpora un principio de libertad de contratación, permitiendo a los armadores seleccionar a su personal libremente, lo que podría restar poder a los sindicatos marinos, quienes tradicionalmente ejercen influencia en las contrataciones y salarios.
Para los buques de bandera argentina, la normativa mantiene la exigencia de que al menos el 75% del personal de maestranza y marinería sea argentino o extranjero con residencia permanente, aunque simplifica el proceso de excepciones, permitiendo su solicitud mediante declaración jurada y aprobación automática si no hay respuesta en un plazo de diez días hábiles.
El proyecto también habilita excepciones de hasta 24 meses para embarcaciones de alta especialización técnica y posibilita la contratación de personal extranjero no residente, siempre que cumpla con los requisitos profesionales establecidos.
Finalmente, se validan los conocimientos de embarque electrónicos, equiparándolos a los documentos en papel, y se introduce un capítulo sobre incentivos para la marina mercante nacional, que extiende la exención impositiva sobre combustibles y facilita a los armadores acceder a beneficios por inversiones en construcción, adquisición, modernización o reequipamiento de buques.
A pesar de que la versión definitiva aún no ha sido presentada en el Senado, se espera que Sturzenegger busque su tratamiento una vez finalizado el receso legislativo.
