Estas modificaciones en los topes de consumo eléctrico y los descuentos correspondientes en el actualizado régimen de Zona Fría fueron implementadas por la Secretaría de Energía a través de las Resoluciones 299 y 300/2026, que fueron publicadas en el Boletín Oficial.
La medida de actualización de los consumos base diferenciales de electricidad se basó en solicitudes de varias provincias y entidades de las zonas bioambientales “Cálido” y “Muy cálido”. En la normatividad, se indica que en dichas solicitudes se argumentó el considerable impacto que las altas temperaturas continuas tienen sobre el consumo eléctrico de los hogares debido a la necesidad de climatización.
Además, el organismo tuvo en cuenta informes técnicos de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico sobre el comportamiento de la demanda en periodos de altas temperaturas. La normativa especifica que se mantiene la delimitación de las zonas bioambientales actuales, por lo que la actualización solo afecta a los límites de consumo sin modificar la clasificación geográfica.
Esta iniciativa formó parte de las negociaciones de la administración actual con los gobernadores para obtener apoyo a la modificación del régimen de Zonas Frías, donde el Ejecutivo se comprometió a extender el consumo subsidiado de electricidad en las provincias del norte del país.
De este modo, los hogares en zonas muy cálidas tendrán acceso a un bloque de 500 kWh por mes entre noviembre y abril, mientras que aquellos en zonas cálidas dispondrán de 300 kWh mensuales durante todo el año, con un incremento a 370 kWh en los meses de mayor demanda (diciembre, enero y febrero). Se aplicará la bonificación vigente sobre este bloque, la cual está focalizada en los hogares en situación vulnerable a través del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados.
La medida abarca a 2.371.941 usuarios residenciales en 15 provincias del Norte Grande: Catamarca, Chaco, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán.
Simultáneamente, la Secretaría de Energía ha establecido las bonificaciones tarifarias para el suministro de gas natural y gas propano indiluido a través de redes, en conformidad con la Ley 27.828 y el Decreto N° 1.266/26. Este esquema prevé dos niveles de beneficio:
Las bonificaciones aplicarán a las entidades de bien público y a los clubes de barrio y de pueblo sobre el total del volumen consumido, sin límite de bloques de consumo. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética será responsable del cruce de información del ReSEF para confeccionar el registro de beneficiarios, que será enviado al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, para notificar a las empresas distribuidoras y subdistribuidoras a fin de que realicen los descuentos correspondientes en las facturas finales.
