Hasta el momento, la Ley para el Personal Militar de 1971 preveía un suplemento por título terciario, aplicable únicamente a ciertos efectivos que contaran con una formación específica relacionada con sus funciones. Con el nuevo esquema, se reemplaza dicho régimen por un plus que podrá recibir cualquier integrante de las Fuerzas Armadas que cuente con títulos acordes a las tareas que realizan.
El beneficio estipula tres escalas en función del nivel educativo alcanzado. Aquellos que demuestren contar con títulos de posgrado, especialización, maestría o doctorado recibirán un adicional del 25% sobre su salario mensual. Por su parte, los profesionales con títulos universitarios de grado de al menos cuatro años obtendrán un suplemento del 15%, mientras que quienes posean tecnicaturas o títulos superiores de dos años o más recibirán un adicional del 10%.
Este nuevo régimen también incluye a personal retirado y pensionados. El decreto establece que los militares que hayan conseguido alguno de estos títulos antes de su retiro conservarán el derecho al suplemento en el cálculo de sus haberes, beneficio que también se extenderá a los familiares con derecho a pensión.
En sus fundamentos, el Gobierno sostiene que las Fuerzas Armadas están atravesando un proceso de modernización que exige “el dominio de disciplinas universitarias tales como la ingeniería, la informática, el derecho internacional humanitario, la medicina, la logística avanzada y la ciberseguridad”. Este enfoque resalta que la falta de incentivos económicos para quienes poseen formación superior “implica resignar, en un momento crítico, la posibilidad de contar con personal altamente calificado en áreas que afectan directamente a la Defensa Nacional”.
Además, el decreto prevé una salvaguarda para asegurar que el nuevo sistema no perjudique a aquellos que ya cobraban el anterior suplemento por título terciario. En estos casos, si la implementación del nuevo régimen llevara a una reducción salarial, se mantendrá una compensación hasta que la diferencia sea absorbida por la evolución de la carrera o por la obtención de títulos de mayor nivel.
La norma entrará en vigor el 1 de julio y el costo será cubierto con partidas del presupuesto vigente del Ministerio de Defensa.
Al ser un DNU, se deberá remitir a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso para su posterior tratamiento legislativo. A continuación, se detalla la grilla publicada en el Boletín Oficial, con información sobre cada cargo y el monto a liquidar en el sexto mes del año, excluyendo el aguinaldo.
